Objeto
Contribuir a la descarbonización del sector transporte mediante el fomento de las energías alternativas para la consecución de los objetivos fijados por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, promoviendo la realización de actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura..
Beneficiarios
Las personas físicas que desarrollen actividades económicas en Extremadura, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
– Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, empadronadas en Extremadura y no incluidas en el anterior apartado. – Las comunidades de propietarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, regula-das por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.d)
– Las personas jurídicas, válidamente constituidas en Extremadura en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, o W, y que ejerzan actividad en Extremadura.
– Los municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones, la Universidad de Extremadura y las entidades públicas empresariales, sociedades, fundaciones y otros entes públicos del estado que realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Particularidades de la ayuda
Presentación de solicitudes
Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 15 de enero de 2021 y se extenderá hasta el agotamiento de los fondos o hasta la conclusión de la vigencia del actual del programa MOVES que se producirá al transcurrir un año (14 de enero de 2022).
No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo, las solicitudes presentadas fuera de este plazo.
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
SERVICIO DE COORDINACIÓN TERRITORIAL DE ORDENACIÓN INDUSTRIAL, ENERGÉTICA Y MINERA.