Objeto
Convocar las ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental de empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para las siguientes modalidades:
1. Proyectos I+D realizados por empresas que NO sean de Base Tecnológica ni Startup.
2. Proyectos I+D realizados por una agrupación de empresas, con prestación de servicios I+D de al menos una universidad y/o centro investigación público o privado.
3. Proyectos I+D realizados por empresas de Base Tecnológica (EBT).
4. Proyectos I+D realizados por empresas Startup.
Beneficiarios
Empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que tengan la consideración de micropymes, pymes o grandes empresas, conforme al art.2 de la Orden de 23 de octubre de 2020 y cumplir con los requisitos establecidos en el art.5 de la Orden de 23 de octubre de 2020, además de los previstos en sus respectivas modalidades, que pretendan la realización de proyectos de I+D.
1. Proyectos de I+D realizados por una empresa que no sea de base tecnológica ni startup.
o Se exige la participación de al menos un titulado (grupo 1 o 2) por parte de la empresa.
o Se permite la subcontratación de centros de investigación.
o Importe de los proyectos: de 15.000- 350.000 € para PYMEs; hasta 750.000 € para grandes empresas.
2. Proyectos de I+D realizados por una agrupación de empresas con la prestación de servicios de I+D, de al menos, una universidad y/o centros de investigación públicos o privados.
o De 2 a 6 empresas (no hay requisitos sobre el tamaño). Formalización de un compromiso de colaboración.
o Subcontratación de, al menos, un centro público o privado de I+D (mínimo 10% de la inversión subvencionable).
o No pueden participar empresas asociadas o vinculadas entre sí.
o Se exige la participación de al menos un titulado (grupo 1 o 2) por parte de la empresa.
o Importe de los proyectos: 100.000- 7500.000 €. Si hay una gran empresa, el máximo llega a 1.000.000 €.
3. Proyectos de I+D realizados por empresas de base tecnológica.
o Se exige la participación de al menos un titulado (grupo 1 o 2) por parte de la empresa.
o Importe de los proyectos: 15.000- 450.000 €.
4. Proyectos de I+D realizados por empresas startup.
o Importe máximo de 85.000€.
Particularidades de la ayuda
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
– Costes de personal:
a) Personal investigador, doctor o titulado universitario (grupos 1 y 2).
o Los gastos de personal aplicables a los proyectos tendrán la consideración de costes simplificados, su coste/hora se establece en la convocatoria de ayudas y será conforme a las tablas salariales del convenio colectivo de ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación.
o Limitado a 350 horas años por el número de trabajadores que figuren en la vida laboral de los 6 meses anteriores a la solicitud (excluyendo socios y personal en órganos de dirección). Proporcional a la duración del proyecto.
o Para EBT, el límite es de 700 horas/año por el número de trabajadores que figuren en la vida laboral de los 6 meses anteriores a la solicitud. Para start-ups el límite es de 1720 horas/año.
o El personal de nueva contratación no tiene este límite.
o Socios o los miembros de los órganos de administración, haciendo labor investigadora, limitados a 516 horas/año en líneas 1-2, 1.032 h/año para la BT línea 2, 1.032 h/año para la línea 3 y 1.720 h/año, en línea 4.
o Coste unitario de 18,27€/hora. Máximo 31.424,40 € cuando se realice una imputación por jornada anual completa de 1.720 horas
b) Personal auxiliar (grupo 3 en adelante).
o Para personal con titulación (grupos cotización 3,4,5), máximo totalidad horas/año durante la vigencia del proyecto para líneas 1-2-4. Máximo 2 trabajadores para línea 3.
o Para personal auxiliar sin titulación, limitado a 80 horas/año por el número de trabajadores que figuren en la vida laboral de los 6 meses anteriores a la solicitud con grupo de cotización 3 y siguientes, máximo 500 horas/año.
o Coste unitario de 11,50€/hora. Máximo 19.780,00 € cuando se realice una imputación por jornada anual completa de 1.720 horas
– Costes de instrumental y equipos de nueva adquisición, en la medida y durante el periodo en que se utilice para el proyecto de investigación. Para equipos de nueva adquisición se utiliza una vida útil de 5 años.
– Costes de material fungible imprescindible para el desarrollo del proyecto y que no sean reutilizables para su comercialización. limitados al 15%.
o No serán financiables el material de oficina y consumibles informáticos.
o No se admitirán el coste de material propio de la empresa.
– Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes: subcontratación para la ejecución parcial de las actividades que constituyen el objeto del proyecto, con uno o varios centros de I+D.
– Consultoría de I+D y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
– Costes de gestión del proyecto, por personal propio o externalizado.
– Costes de auditoría. Costes de auditoría más costes de gestión del proyecto no pueden superar el 15% de costes de personal
– Estudio de viabilidad. Hasta 5.000 €, sólo para línea 4.
No serán admisibles los gastos facturados por una empresa asociada o vinculada.
La obtención de estas ayudas será incompatible con cualquiera otra ayuda pública otorgada para el mismo fin, o con cualquier otra que a pesar de tener distinto fin subvencione gastos sufragados con cargo al presente decreto.
Presentación de solicitudes
Plazos:
Hasta 25 de febrero de 2021
Método de presentación:
Plazo de presentación hasta 25 de febrero de 2021
Solicitud mediante sede electrónica en https://sede.gobex.es o bien mediante Registro Único.
Descarga de solicitudes y Anexos en https://ayudaspri.juntaex.es/portal/, previo registro del solicitante en la plataforma
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Junta de Extremadura. Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. Secretaría General de Ciencia, Tecnología Innovación y Universidad, Servicio de Recursos de la Investigación Científica Empresarial.