Objeto
Financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
Beneficiarios
Pequeñas empresas innovadoras con hasta 3 años de antigüedad y capital social mínimo de 20.000 €.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
Subvenciones hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 € por beneficiario.
Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I de la convocatoria, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 € por beneficiario.
Posibilidad de acceder a un curso en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa. La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que soliciten esta formación, y cumplan los requisitos, indicados en el Anexo II de la convocatoria.
Posibilidad de pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida con un máximo de 150.000 €.
Duración del proyecto:
Actuaciones plurianuales. Deberán iniciarse en 2023 y finalizar como máximo el 31 de diciembre de 2024.<br /> Las actuaciones deberán respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH) lo que comporta el cumplimiento de condiciones específicas.<br />
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
Inversiones en equipos.
Gastos de personal tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la
empresa, incluidas las nuevas contrataciones de doctores.
Materiales.
Colaboraciones externas / asesoría.
Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y otros gastos derivados, así como gastos de promoción y difusión y gastos de formación, previstos en el Anexo II. También serán subvencionables los gastos derivados del informe de auditor requerido en el Anexo VI de la presente convocatoria hasta 2.000 €.
Criterios de valoración:
Artículo 23 de la Orden CIN/373/2022
Presentación de solicitudes
Plazos:
Hasta el 5/07/2022
Método de presentación:
Telemática
Web:
Sede electrónica de CDTI Innovación
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidad. Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación- CDTI Innovación www.cdti.es.