Objeto
Concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital para la digitalización de pequeñas empresas y personas en situación de autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
Beneficiarios
Las pequeñas empresas y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en el Segmento I que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras:
- a) Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
Particularidades de la ayuda
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
Categorías de Soluciones de Digitalización | Meses de prestación del servicio | Ayudas para las Categorías de
Soluciones de Digitalización para el Segmento I (10< 50 empleados) |
Sitio Web y Presencia en Internet | 12 | 2.000 € |
Comercio Electrónico | 12 | 2.000 € |
Gestión de Redes Sociales. | 12 | 2.500 € |
Gestión de Clientes. | 12 | 4.000 € (incluye 3 usuarios) |
Business Intelligence y Analítica. | 12 | 4.000 € (incluye 3 usuarios) |
Gestión de Procesos. | 12 | 6.000 € (incluye 10 usuarios) |
Factura Electrónica. | 12 | 1.000 € (incluye 3 usuarios) |
Servicios y herramientas de Oficina Virtual. | 12 | 250 € por usuario (hasta 48 usuarios) |
Comunicaciones Seguras. | 12 | 125 € por usuario (hasta 48 usuarios) |
Ciberseguridad. | 12 | 125 € por dispositivo (hasta 48 dispositivos) |
Presentación de solicitudes
Plazos:
Abierta desde el 15 de marzo de 2022 hasta el 31de diciembre de 2024
Web:
https://sede.red.gob.es/
Documentación
Otras modificaciones:
https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/09/pdfs/BOE-B-2022-27000.pdf
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Red.es.
Presupuesto del proyecto:
500M€
Observaciones:
Características de la ayuda:
- Las ayudas (“bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Las ayudas se concederán de forma directa y bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes.
- Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.
- El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria asciende a la cantidad de quinientos millones de euros (500.000.000 €).