Objeto
Favorecer la consolidación de la industria tras la salida de la crisis derivada del COVID-19, relanzar la producción y conseguir el reposicionamiento de las empresas industriales en el mercado, con una recuperación futura más rápida y sostenible, teniendo presentes los objetivos en materia ambiental recuperación verde y neutralidad climática.
Beneficiarios
Empresas afectadas por perjuicios económicos surgidos a raíz del brote de COVID-19, legalmente constituidas en España, que desarrollen una actividad industrial productiva, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público.
Particularidades de la ayuda
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción. o Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos. Para que los conceptos de gasto sean considerados financiables, deberán detallarse individualmente tanto en la memoria como en el cuestionario de solicitud. Los costes de adquisición de activos fijos de segunda mano serán subvencionables siempre que:
o Conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y que los mismos no han sido objeto de financiación pública nacional o de la Unión Europea. o El precio no sea superior al valor de mercado y, al tiempo, sea inferior al coste de bienes nuevos similares. o La antigüedad del bien no supere su período máximo de amortización según del Impuesto de Sociedades. Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el 1 de febrero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Presentación de solicitudes
Plazos:
Plazo de presentación hasta el 20 de agosto 2020, en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Secretaría General de Industria y de la PYME, Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Observaciones:
Se exigirá antes de la resolución de concesión del préstamo, la presentación de resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos. El importe total de la garantía será del 20% del préstamo concedido.