Objeto
Financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, que cumplan además los requisitos para considerarse empresa innovadora, que sea liderada por mujeres y estar constituidas como máximo en los 3 años anteriores a la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes y contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000€.
- Empresa innovadora: será considerada mediante una evaluación realizada por un experto externo que demuestre que desarrollará, en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados y cuyos costes de investigación y desarrollo representen un mínimo de 10% del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda o si es una empresa nueva, según la auditoria del ejercicio fiscal en curso.
- Líderada por mujeres: El órgano de administración de la empresa deberá estar integrado mayoritariamente por mujeres, y las mujeres deberán tener la mayoría del capital social de la empresa o una participación relevante en el proyecto objeto de la ayuda.
Particularidades de la ayuda
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
a) Gastos de personal: Tipo de personal que podrá imputar gastos: personal con contrato laboral y personal autónomo. El coste hora máximo financiable será 40€.
b) Inversiones en equipos.
c) Materiales.
d) Colaboraciones externas / asesoría. Se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
e) Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor requerido en el anexo IV de la presente convocatoria. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000€.
Criterios de valoración:
- Valoración del plan de explotación comercial del proyecto. Puntuación de 0 a 30 puntos.
- Valoración de la tecnología e innovación del proyecto. Puntuación de 0 a 35 puntos.
- Capacidad de gestión del equipo emprendedor involucrado en el desarrollo empresarial. De 0 a 30 puntos.
- Valoración del impacto socioeconómico y medio ambiental. Puntuación de 0 a 5 puntos.
Para que una solicitud sea elegible deberá tener una nota final igual o superior a 50 puntos.
Presentación de solicitudes
Plazos:
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará el día 17 de febrero de 2022 y finalizará el día 19 de abril de 2022, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
Método de presentación:
A través de formularios y los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E (https://sede.cdti.gob.es/), lo cual requerirá el registro previo de los solicitantes en el sistema de entidades de CDTI.
Web:
https://sede.cdti.gob.es/AreaPublica/home.aspx
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI). Ministerio de Ciencia e Innovación. Gobierno de España.
Presupuesto del proyecto:
175000€
Observaciones:
Subcontratación: podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable. Cuando la actividad subcontratada exceda del 20% del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000€, la subcontratación, deberá cumplir que el contrato se celebre por escrito y se autorice previamente por CDTI. Cuando el importe del gasto subvencionable supere los 15.000€, la entidad beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra.