Objeto
Mejora y modernización de las explotaciones agrarias, mediante planes de mejora.
Beneficiarios
Agricultores y Agricultoras Activas titulares de explotaciones agrarias prioritarias que se comprometan a ejercer la actividad agraria durante un periodo mínimo de 5 años desde el momento de la certificación de realización de inversiones. Los jóvenes agricultores y agricultoras titulares de explotaciones agrarias. Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad, como explotaciones de titularidad compartida o comunidades de bienes o hereditarias.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
- Las ayudas tendrán la forma de subvención de capital.
- El volumen de inversión objeto de ayuda será de hasta 100.000 euros por unidad de trabajo agrario (UTA), con un límite máximo de 200.000 euros por explotación.
- La cuantía de la ayuda expresada en porcentaje del importe de la inversión auxiliable, será del 40 %.
- El porcentaje de la ayuda se incrementará en:
- a) 20 puntos: en caso de jóvenes agricultores, establecidos de forma simultánea o en los cinco años anteriores a la solicitud de la ayuda.
- b) 10 puntos: en explotaciones ubicadas en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas o zonas de montaña.
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
- a) Construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles con aislamiento de cubierta de al menos 50 mm de grosor y electrificadas con energía renovable. La inversión de la electrificación con energía renovable debe tener un valor mínimo de un 10% de la inversión de la construcción.
- b) Las destinadas a la clasificación, acondicionamiento, fabricación, transformación y comercialización de los productos de la propia explotación, siempre y cuando, dotadas en su totalidad con suministro eléctrico procedente de energías renovables e incorporen el uso de tecnología digital.
- c) Honorarios técnicos asociados a las construcciones o instalaciones solicitadas en esta ayuda.
- d) Tractores que cuenten con una clasificación de eficiencia energética A o B.
- e) Compra de la siguiente maquinaria y equipos nuevos:
1) Esparcidor de purines con dispositivo localizador.
2) Esparcidor de estiércol.
3) Trituradora de restos de poda, picadoras y desbrozadoras.
4) Máquina para hacer pellets en la propia explotación.
5) Sistema electrónico de regulación de dosis de productos fitosanitarios.
6) Equipos de aplicación de herbicidas a ultra bajo volumen.
7) Abonadoras con dispositivo localizador.
8) Equipo de ozonización para uso agrario.
- f) Adquisición de equipos y maquinaria de nuevas tecnologías para la automatización de la explotación y uso de sistemas informatizados de gestión (drones para uso agrario, sistemas de geolocalización de ganadería, collares inteligentes, vallados virtuales, software, etc….), enmarcadas en la agricultura y ganadería 4.0.
- g) Pozos y sondeos con captación por energía solar o electrificación de los ya existentes con energía renovable, en explotaciones ganaderas.
- h) Implantación de cultivos perennes
- i) Instalaciones:
1) Instalaciones para hacer compost en la explotación.
2) Instalaciones de tratamiento y revalorización de purines y estiércol.
3) Instalaciones de generación de energía por biomasa o biogás.
4) Instalaciones de recuperación y aprovechamiento de agua para explotaciones ganaderas.
Incompatibilidades:
<p>Las ayudas reguladas por este decreto serán incompatibles con las establecidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como con cualesquiera otras ayudas económicas o subvenciones, que para las mismas inversiones o gastos, concedan las Administraciones Públicas o Entes Públicos, tanto nacionales como internacionales.</p>
Criterios de valoración:
Las solicitudes de ayuda se clasificarán conforme a la puntuación resultante de aplicar los criterios de preferencia y puntos asignados a los mismos que a continuación se establecen:
- a) Que el titular de la explotación sea se haya instalado como joven agricultor por primera vez dentro de los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda a planes de mejora.
- b) Según la ubicación de la explotación
- c) Según la inversión a realizar
- d) Solicitudes promovidas por explotaciones de titularidad compartida.
- e) Explotaciones de agricultura ecológica.
- f) Explotaciones cuyo titular sea mujer.
- g) Titulares de explotaciones integrados como socios de cualquier cooperativa agroalimentaria u organización de productores agrarios.
Presentación de solicitudes
Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y del presente extracto.
Método de presentación:
En el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática “ARADO”), o en cualquiera de los registros de entrada de documentos, oficina de respuesta personalizada, centros de atención administrativa.
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Dirección General de Política Agraria Comunitaria