Objeto
Ayudas parcialmente reembolsable a proyectos de innovación tecnológica muy cercanos al mercado, con riesgo tecnológico medio/bajo, cortos periodos de recuperación de la inversión, de carácter aplicado y desarrollados en España, que consigan mejorar la competitividad de la empresa mediante la incorporación de tecnologías emergentes en el sector.
Beneficiarios
Empresas individuales con independencia de su tamaño y domicilio fiscal en España que no operen en los sectores de pesca, acuicultura, producción primaria de productos agrícolas (si a su transformación y comercialización), actividades relacionadas con la exportación.
No podrán ser cofinanciadas con FEDER: desmantelamiento o construcción de centrales nucleares, a la fabricación, transformación y comercialización de tabaco, Infraestructuras aeroportuarias, el desarrollo de tecnología de uso exclusivamente militar y proyectos cuyo objetivo sea lograr la reducción de gases de efecto invernadero.
Particularidades de la ayuda
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
- Activos fijos nuevos que suponga un salto tecnológico importante para la empresa.
- Costes de
- Materiales y consumibles.
- Servicios externos y subcontrataciones: hasta el 80% del presupuesto elegible.
- Costes de auditoría del proyecto, con un límite máximo por cada informe asociado a cada hito de 2.000 €.
- Gastos generales (con el límite del 25% de los costes de personal o el 20% de los directos).
Criterios de valoración:
- Los proyectos de innovación tecnológica contemplan los siguientes tipos de actividades:
- Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
- Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora de los mismos.
- Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos.
- Presupuesto mínimo elegible: 000 euros.
- Duración: de 6 meses a 18 meses con un único hito.
Presentación de solicitudes
Plazos:
La presentación de solicitudes, abierta todo el año, deberá realizarse en la sede electrónica del CDTI con firma electrónica del representante legal o apoderado. (https://sede.cdti.gob.es/)
Método de presentación:
La presentación de solicitudes, abierta todo el año, deberá realizarse en la sede electrónica del CDTI con firma electrónica del representante legal o apoderado. (https://sede.cdti.gob.es/)
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio de Ciencia e Innovación. Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, (CDTI) www.cdti.es