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INCENTIVOS AUTONÓMICOS A LA INVERSIÓN EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES INDUSTRIALES CON GRAN IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL. Decreto 184/2017
Objeto

Subvención directa destinada a empresas dedicadas a la actividad industrial y que realicen inversiones en activos fijos que supongan un fuerte impacto económico y social en Extremadura. La finalidad de estas ayudas es:
• Fomentar la realización de inversiones que contribuyan al desarrollo regional y a la creación de riqueza.
• Apoyar la creación de nuevas empresas.
• Crear nuevos puestos de trabajo.

Beneficiarios

Las personas jurídicas titulares de empresas que realicen, o vayan a realizar, actividades industriales. Quedan excluidas de este régimen de ayudas las empresas públicas y las participadas mayoritariamente por éstas.

Particularidades de la ayuda

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

  • Se incluyen los siguientes:
    a) Obra civil
    b) Bienes de Equipo y Equipamiento: Los activos adquiridos dentro de este apartado deberán ser nuevos.
    Quedan excluidas expresamente las siguientes inversiones y gastos:
    — Adquisición de los terrenos e inmuebles.
    — El Impuesto sobre el Valor Añadido, las tasas, aranceles y otros impuestos.
    — Las inversiones realizadas mediante fórmulas de arrendamiento financiero (leasing), salvo que, previamente a la declaración de cumplimiento del expediente de ayuda y, en cualquier caso, antes de que concluya el plazo de
    ejecución del proyecto, se haya ejercido el derecho de opción de compra sobre los bienes y éstos sean ya propiedad de la empresa.
    — Las inversiones realizadas mediante sistemas de venta y arriendo retroactivo (leaseback).
    — Los gastos financieros y los que tengan carácter continúo o periódico que se destinen a la financiación de gastos de funcionamiento habituales de la empresa, así como los destinados a la exportación.

Criterios de valoración:

  • Todo beneficiario debe hacer una aportación financiera mínima al proyecto del 25% de los costes subvencionables.
  • Importe mínimo del proyecto de inversión subvencionable será de 50.000.000. €
  • El proyecto subvencionado deberá crear un mínimo 100 nuevos puestos de trabajo.
  • El proyecto deberá realizarse en suelo industrial titularidad del sector público autonómico.

Presentación de solicitudes

Plazos:

Las solicitudes se presentarán en el modelo oficial, una vez habilitados los medios necesarios, a través de la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura. Caso de que no estén habilitados los medios necesarios, la solicitud deberá presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lugar:

Oficinas de Registro

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Junta de Extremadura. Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. Dirección General de Empresa.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Regional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Gran Empresa | PYME
Tipo de proyecto: Investigación y desarrollo
Régimen de mínimis: No
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

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