Objeto
Ayudas a conceder en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, destinadas a financiar actuaciones que tengan el objetivo de “acelerar ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en gemelos digitales”, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, regulando la concesión de ayudas a empresas industriales para desarrollar e implantar gemelos digitales en Extremadura.
Beneficiarios
Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas con un centro productivo ubicado en Extremadura y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial productiva y/o de servicios industriales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que no formen parte del sector público. Se entenderá que la entidad solicitante desarrolla una actividad industrial productiva y de servicios industriales cuando las actividades para las que solicita ayuda se encuadren en alguna de las siguientes:
a. Actividades de producción a escala industria encuadradas en la Sección C – Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
b. Actividades de servicios a la industria:
- Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos y plantas industriales, encuadradas en las CNAE 71.12.
- Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
Se subvencionarán las actuaciones destinadas al desarrollo e implantación de uno o varios gemelos digitales para cada una de las empresas beneficiarias. Componentes mínimos de las actuaciones subvencionables (gemelos digitales): Modelo 3D. Datos en tiempo real. Simulación. Interfaz de usuario. Conectividad. Algoritmos de simulación. Machine Learning e Inteligencia Artificial (IA). Monitorización y diagnóstico remotos. Seguridad y privacidad.
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
COSTES SUBVENCIONABLES:
Inversiones y gastos relacionados directamente y necesarios para realizar la actuación subvencionable (desarrollo e implantación de un gemelo digital):
- Costes de consultoría, asistencia técnica y formación.
- Desarrollo, adquisición e implantación de software necesario para la actuación subvencionable, incluidos gastos de licencias, así como de contratación de servicios en la nube (servicios cloud).
- Gastos en adquisición de sensores y dispositivos de recopilación de datos, así como gastos en actuaciones que permitan la puesta a disposición de datos en formato abierto y su uso automatizado por parte del gemelo digital. Los gastos cuyo pago tenga carácter periódico o recurrente solo serán subvencionables durante el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables.
Presentación de solicitudes
Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes será de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura.
Método de presentación:
Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/0693524 y dentro de la ficha del correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Junta de Extremadura. Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Dirección General de Digitalización Regional.