Objeto
Fomentar la cooperación entre el sector audiovisual y otros sectores creativos para acompañar en su transición medioambiental y/o mejorar de su competitividad y/o la circulación, visibilidad, disponibilidad, diversidad y audiencia de los contenidos europeos a través de las fronteras. El apoyo también tiene como objetivo permitir que el sector audiovisual europeo y otros sectores creativos se adapten mejor a las oportunidades que ofrece el desarrollo de la Inteligencia Artificial y los Mundos Virtuales.
Beneficiarios
Los beneficiarios y entidades afiliadas deben:
- Ser personas jurídicas (organismos públicos o privados).
- Estar establecidos en uno de los países admisibles.
- Estar establecidos en uno de los países participantes en el Programa Europa Creativa y ser propiedad directa o indirecta, total o mayoritariamente, de nacionales de dichos países. Cuando una empresa cotice en bolsa, la ubicación de la bolsa determinará en principio su nacionalidad.
La propuesta se puede presentar de forma individual o en consorcio de al menos dos socios.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA:
Los proyectos financiables deberán centrarse en uno o varios de los siguientes topics y tener una duración recomendada no superior a 24 meses, aunque se admite prórroga debidamente justificada y mediante enmienda:
Mundos Virtuales como nuevo entorno para la promoción de contenidos europeos, renovación de audiencias y competitividad de las industrias europeas de contenidos;
Herramientas empresariales innovadoras para la producción, financiación, distribución o promoción habilitadas o mejoradas por las nuevas tecnologías (IA, big data, blockchain, mundos virtuales, NFT, etc.), en particular:
- Gestión y monetización de derechos (incluidas ofertas de suscripción agrupadas innovadoras para acceder a diversos contenidos culturales europeos desde varias plataformas europeas existentes), garantizando al mismo tiempo la transparencia y una remuneración justa para creadores y artistas;
- Recogida y análisis de datos, con especial énfasis en la predicción para la creación de contenidos y el desarrollo de audiencias (incluidas herramientas intersectoriales innovadoras para mejorar la calidad del servicio al abonado y una mejor valorización de los contenidos europeos ofrecidos por las plataformas europeas en línea);
La cooperación intersectorial entre el sector audiovisual y otros sectores culturales y creativos constituye el núcleo de la convocatoria. Por lo tanto, las solicitudes deben demostrar claramente el alcance del enfoque intersectorial, las condiciones para su aplicación y los beneficios esperados para los sectores cubiertos.
Si el solicitante supera la evaluación, deberá firmar el Acuerdo de Subvención junto con el responsable de Proyectos de la UE. Dicho Acuerdo establecerá el marco para su subvención y sus términos y condiciones, en particular en lo relativo a los resultados, la presentación de informes y los pagos (El Modelo de Acuerdo disponible en el Portal de Documentos de Referencia).
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
COSTES ELEGIBLES:
Las categorías presupuestarias y las normas de subvencionabilidad de los costes se fijan en el Acuerdo de subvención:
- Costes de personal: Empleados; personas físicas con contrato directo; personas en comisión de servicio; propietarios de PYME y personas físicas beneficiarias.
- Costes de subcontratación.
- Gastos de compra: Viajes y dietas; Equipamiento; Otros bienes, obras y servicios.
- Otras categorías de costes: apoyo financiero a terceros.
- Costes indirectos.
Condiciones específicas de subvencionabilidad de costes para esta convocatoria:
- Costes de personal: Coste Unitario de Propietario de la PYME/persona física: Si; Coste unitario de voluntarios: No.
- Coste unitario de viajes y dietas: Si
- Coste de equipamiento: Depreciación.
- Otras categorías de costes:
Costes de apoyo financiero a terceros: permitido para subvenciones; importe máximo por tercero 60.000€, salvo que se requiera un importe superior porque, de otro modo, el objetivo de la acción sería imposible o excesivamente difícil de alcanzar y ello se justifique debidamente en el Formulario de Solicitud.
- Coste indirecto a tanto alzado: 7% de los costes directos subvencionables.
Presentación de solicitudes
Plazos:
Abierto desde el 24 de octubre de 2024 hasta el 25 de abril de 2025.
Método de presentación:
Telemática
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Comisión Europea