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AYUDAS PARA LA MEJORA DE COMPETITIVIDAD DEL PEQUEÑO COMERCIO MINORISTA DE EXTREMADURA
Objeto

Fortalecer y consolidar el tejido empresarial del comercio extremeño a través de la modernización, accesibilidad universal y mejora de la eficiencia energética de sus establecimientos comerciales, a fin de impulsar el equilibrio territorial de los comercios.

Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y las comunidades de bienes y cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado aun careciendo de personalidad jurídica propia, que cumplan los requisitos establecidos por el artículo 2. 1) del decreto.

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

Son promocionales las actividades comerciales minoristas establecidas en el Anexo A de las Bases Reguladoras.

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

Subvención del 50% de los gastos elegibles, con un límite máximo global de ayuda por establecimiento de 30.000 euros. En el caso de que el proyecto incluya inversiones en mejora de la accesibilidad indicadas en el apartado f) del artículo 3.1 de las bases reguladoras, la intensidad de la ayuda será de un 60%

  • Adecuación Local Comercial: Obras de reforma y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al mismo; Adquisición de mobiliario de la sala de ventas y baños; Adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad correspondiente a la sala de ventas y fachada; adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de venta o ubicados fuera de la sala de ventas; adquisición de terminales del punto de venta; adquisición de programas de gestión en la sala de ventas y oficinas.
  • Sistemas de Fidelización De Clientes. Gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes a través de software o aplicaciones móviles
  • Eficiencia Energética. Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético, con un límite máximo de gasto de 1.000 euros. Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.
  • Gastos en Publicidad. Gastos para la promoción y publicidad del establecimiento comercial, con un límite máximo de gasto de 3.000 euros. Se excluye el gasto por la adquisición de merchandising
  • Gastos en la contratación de servicios profesionales para el asesoramiento en marketing en punto de venta, para la mejora de la reputación digital, para diseño de tienda y escaparatismo.
  • Accesibilidad universal: Productos de apoyo para la eliminación de barreras cognitivas y a la comunicación
  • Inteligencia Artificial. Gastos en Inteligencia Artificial aplicada al comercio dirigido a la captación de clientes y la mejora de la experiencia de compra.

Incompatibilidades:

<p>Las ayudas establecidas serán compatibles únicamente con aquellas ayudas o subvenciones a fondo perdido que procedan de operaciones amparadas por líneas de financiación prioritaria del tejido empresarial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con los límites previstos en su normativa reguladora, en particular en lo relativo a las reglas de acumulación, así como las ayudas otorgadas a través de la concertación de Convenios de Colaboración interadministrativos, siempre que en su conjunto no superen el coste de la inversión ejecutada.</p>

Presentación de solicitudes

Plazos:

El plazo de presentación de solicitudes de la primera convocatoria está abierto hasta el 25 de octubre de 2022.

Método de presentación:

La solicitud y documentación necesaria se presentará a través del registro electrónico de documentos del sistema de la Administración General del Estado habilitado en la siguiente dirección web: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.htm.
Las solicitudes de ayudas y documentación a aportar se cumplimentarán obligatoriamente a través de la sede electrónica https: //sede.gobex.es, por el solicitante o su representante expresamente autorizado para intervenir en este acto. La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea registrada por el solicitante o su representante a través del registro electrónico habilitado al efecto.

Documentación

Otras modificaciones:

http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2021/2060o/21040152.pdf

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Junta de Extremadura Órgano encargado de la instrucción y la ordenación del procedimiento: Servicio de Comercio Interior. Órgano encargado de dictar resolución de concesión: Secretaría General de Economía y Comercio. Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Regional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Autónomos | Entidades | PYME
Régimen de mínimis: Mínimis
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

Teléfono 900 70 9000
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