Objeto
Fomento del empleo especializado en comercio exterior.
Beneficiarios
Personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa, que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5 del Decreto 59/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
CONDICIONES:
El hecho subvencionable será la celebración del contrato, siempre y cuando responda a las siguientes condiciones y características:
- a) Sea celebrado con personas que cumpliendo las condiciones específicas de subvencionabilidad establecidas en el apartado quinto de la presente resolución, además:
— Estuvieran desempleadas al día de la contratación.
— No hubieran prestado servicios en los seis meses anteriores, mediante contratos de duración determinada durante un período, continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante o vinculadas.
- b) Tenga carácter indefinido y a jornada completa.
- c) Tenga un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
- d) Esté encuadrado en el grupo de cotización acorde a la titulación de la persona contratada, conforme a las siguientes correspondencias:
— Ingenieros, licenciados universitarios o grados equivalentes: Grupo I.
— Ingenieros técnicos, diplomados universitarios o equivalente: Grupo II.
— Formación profesional de grado superior: Grupo III.
El contrato deberá: haber sido celebrado antes de la presentación de la solicitud de ayuda, bien dentro del periodo de admisión de solicitudes, bien dentro de los 6 meses previos al inicio de dicho periodo; haber sido registrado y comunicado al Servicio Estatal de Empleo.
Condiciones específicas de elegibilidad que deberán cumplir las personas contratadas:
- a) Poseer Título Universitario o de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente.
- b) Acreditar el dominio de un idioma distinto del castellano y de otras lenguas cooficiales del Estado español, bien porque sea su lengua materna, o por estar en posesión de un certificado de nivel B1 o superior del Marco Europeo de las Lenguas Extranjeras, o equivalente.
- c) Acreditar una formación mínima en comercio exterior de 120 horas y/o una experiencia en este ámbito de, al menos, 6 meses.
Presentación de solicitudes
Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes será de 5 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
Método de presentación:
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se presentará a través de Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico de los servicios y trámites en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0654923
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio. Servicio de Comercio Exterior, Mercados y Competencia.