Objeto
Contribuir al mantenimiento de la actividad empresarial y del empleo, y minimizar en lo posible el impacto social y económico de la crisis ocasionada por la COVID-19, configurándose así las presentes ayudas como un medio ágil que permita a las empresas mantener su actividad empresarial.
Beneficiarios
– Autónomos o asimilados y PYMES extremeñas que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores. – Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. Quedan excluidas de las ayudas reguladas en la presente resolución las empresas indicadas en el artículo 3.3 de la Orden de 9 de septiembre de 2020.
Particularidades de la ayuda
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
Serán subvencionables las siguientes modalidades de ayuda y cuantías asociadas a las mismas:
a) Ayudas a la Implantación de soluciones de teletrabajo. – CONECTIVIDAD: 1.º Asistencia Técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación particularizado al teletrabajo”: Asistencia técnica en elaboración de un Plan de adecuación particularizado al teletrabajo. Intensidad máxima: 80%. Cuantía máxima: 600 euros. 2.º Implantación de teletrabajo en la empresa: Intensidad máxima: 80%. Cuantía máxima: 6.000 euros. – OFICINA EN LA NUBE: Costes Subvencionables: Servicio 1. Suscripción por cada puesto de usuario (Máximo por unidad 120,00 €) Servicio 2. Sistema de gestión empresarial (ERP) Servicio 3. Sistema de gestión de la relación con los clientes (CRM) Servicio 4. Infraestructura como servicio Servicio 5. Plataforma como servicio Servicio 6. Modernización de la equipación Intensidad máxima: 80%. Cuantía máxima: 6.000 euros b) Ayudas al Emprendimiento Digital. – IMPULSO A LA IMPLANTACIÓN DIGITAL. Serán subvencionables los siguientes servicios: 1.º Apoyo en la definición de planes de viabilidad de proyectos TIC. Intensidad máxima: 80,00 %. Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €. 2.º Implantación de soluciones TIC. Intensidad máxima: 80,00 %. Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €. 3.º Ampliación del conocimiento de la empresa. Intensidad máxima: 80,00 %. Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €. 4.º Campañas de concienciación al tejido empresarial sobre las buenas prácticas y promoción del uso de las Tecnologías. Intensidad máxima: 80,00 %. Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €.
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– CIBERSEGURIDAD.
1.º Asistencia técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación técnica de ciberseguridad” para la empresa. Intensidad máxima: 80,00 %. Cuantía Máxima Subvencionable total 600 €
2.º Afianzamiento de la Ciberseguridad. Intensidad máxima: 80,00 %. Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000 €
Presentación de solicitudes
Método de presentación:
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de 6 meses, iniciándose a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria junto con su extracto.
La presentación de la solicitud de la ayuda en el modelo oficial conforme al anexo I y el resto de los anexos, se podrá realizar de forma telemática través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura (http://sede.gobex.es/SEDE/).
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Junta de Extremadura, Dirección General de Agenda Digital