Objeto
Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras, estudios de viabilidad técnica y proyectos de tecnologías digitales que deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de actividades de investigación industrial, actividades de desarrollo experimental, innovación en materia de organización y/o innovación en materia de procesos.
Beneficiarios
Podrán participar en estos proyectos las AEI cuyas inscripciones en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se encuentren vigentes en la fecha de
publicación de cada convocatoria.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
Línea 1. Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras AEI incipientes, las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución.
Línea 2. Estudios de viabilidad técnica: enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas: El programa de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras a través de la Línea 3 de “Proyectos de Tecnologías Digitales” definidos en el programa marco de investigación e innovación de la UE para el periodo 2021-2027, “Horizonte Europa”.
Línea 3. Proyectos de Tecnologías Digitales: Los proyectos deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías: Actividades de investigación industrial. Actividades de desarrollo experimental. Innovación en materia de organización. Innovación en materia de procesos.
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
Las cuantías máximas para cada proyecto o actuación serán las siguientes:
➢ Línea 1 – Apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras En las actuaciones se podrá subvencionar hasta el 50% de los gastos considerados subvencionables, hasta una cuantía máxima de 70.000€.
➢ Línea 2 – Estudios de viabilidad técnica: se podrá subvencionar hasta el 50% de los gastos considerados subvencionables, hasta una cuantía máxima 50.000 € para las actuaciones. Este límite podrá incrementarse hasta 70.000€ si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante.
➢ Línea 3 – Proyectos de Tecnologías Digitales: en las actuaciones financiadas con cargo a esta línea:
– Actividades de investigación industrial la subvención que podrá recibir cada beneficiario podrá llegar al 50% de su base subvencionable. Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes supuestos hasta alcanzar un máximo del 80 % de los costes subvencionables:
• En 10 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una mediana empresa.
• En 20 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una pequeña empresa.
• En 15 puntos porcentuales en el caso de que los resultados del proyecto se difundan
Hasta una cuantía máxima de 450.000€ si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a investigación industrial. Este límite podrá incrementarse hasta 500.000€, si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
– Actividades de desarrollo experimental la subvención por beneficiario podrá llegar al 25% de su base subvencionable. Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes supuestos hasta alcanzar un máximo del 60 % de los costes subvencionables:
• En 10 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una mediana empresa.
• En 20 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una pequeña empresa.
• En 15 puntos en el caso de que los resultados del proyecto se difundan.
Hasta una cuantía máxima de 400.000€ si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a desarrollo experimental. Este límite podrá incrementarse hasta 450.000€, si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
– Actividades de innovación en materia de organización y en las actividades de innovación en materia de procesos subvención por beneficiario podrá llegar al 50% de su base subvencionable en el caso de las PYMES, y al 15% en el caso de las grandes empresas, siempre y cuando las grandes empresas colaboren de manera efectiva con PYMES y si las PYMES corren con un mínimo del 30% del total de los costes subvencionables.
Hasta una cuantía máxima de 200.000€ si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a innovación en materia de organización o innovación en materia de procesos. Este límite podrá incrementarse hasta 250.000€ si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
Presentación de solicitudes
Plazos:
El plazo de presentación será de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Estado del extracto.
Método de presentación:
A través de sede electrónica de del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Web:
https://sede.serviciosmin.gob.es/
Documentación
Otras modificaciones:
https://www.boe.es/boe/dias/2022/05/27/pdfs/BOE-A-2022-8696.pdf
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.