Puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las AEI «incipientes»: realización de estudios de viabilidad técnica y desarrollo de actividades innovadoras, de forma individual por la parte de la agrupación empresarial innovadora o bien, mediante colaboración entre varias agrupaciones empresariales innovadoras y/o sus asociados.
Gastos de personal técnico directamente involucrado en la ejecución de las actuaciones o proyectos.
o Colaboraciones externas, en concreto gastos externos por servicios de consultoría y asistencia que se especifiquen de manera detallada en la solicitud de ayuda y resulten necesarios para la ejecución de la actuación prevista. No podrán ser consideradas colaboraciones externas aquellas realizadas por entidades que pertenecen a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras participantes en el proyecto. El coste de las colaboraciones externas no podrá superar el 80% del coste total de la actuación.
o Viajes interurbanos y alojamiento, nacionales como internacionales, necesarios para la realización de la actividad.
o Gastos de personal administrativo y gastos relativos a servicios necesarios para la gestión operativa de la entidad, excepto gastos financieros y de inversión. Gastos por arrendamiento, reparación y conservación de elementos del inmovilizado y material de oficina entre otros. El límite financiable de estos gastos equivaldrá como máximo al 20%de los gastos conjuntos de personal técnico y administrativo imputables como coste directo al proyecto o actuación.
Las asociaciones empresariales innovadoras (AEI) que se encuentren inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y para las actuaciones en colaboración, además de las AEIs inscritas en el mencionado Registro, también los miembros de estas.