Extremadura Avante se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.extremaduraavante.es
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web. Nivel de conformidad (AA).
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
- Falta de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre: podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página web, tanto en contenidos HMTL como en documentos finales. Concretamente puede haber errores por contenidos de tablas complejas.
- Carga desproporcionada: no aplica.
- El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable: Existen archivos ofimáticos en formato PDF u otros formatos publicados que no cumplen en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad, aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
Preparación de la presente Declaración de Accesibilidad
La presente declaración fue realizada el 02 de septiembre de 2021, mediante una autoevaluación con recursos internos, analizando el nivel de conformidad UNE-EN 301 549:2022 (excluyendo el contenido excluido por el RD 1112/2018).
Última revisión de la declaración: 02 de septiembre del 2021.
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre) como, por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.
a través del siguiente correo electrónico accesibilidad@extremaduraavante.es, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, puede presentar:
- una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018 o
- una Solicitud de Información Accesible relativa a:
- contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
- contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Las Solicitudes de información accesible y quejas serán presentadas y registradas según el procedimiento de Quejas y Sugerencias de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Secretaría General de Administración Digital de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura.
Procedimiento de aplicación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, o no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación.
La reclamación puede ser presentada través del Registro Electrónico General de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Secretaría General de Administración Digital de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura.