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AYUDAS A PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS 2024
Objeto

Promover la incorporación de todos los agentes de la cadena de valor del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, e identificar la agenda de investigación aplicada y desarrollo experimental que, dando respuesta a las demandas sectoriales y/o intersectoriales, permitan abordar los retos científico-técnicos que conlleven.

Beneficiarios

Entidades con personalidad jurídica propia, válidamente constituidas a la presentación de la ayuda, con actividad económica, residencia fiscal, o un establecimiento permanente en España y pertenezcan a alguna de las siguientes categorías: a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio. b) Universidades públicas y sus institutos universitarios. c) Otros centros públicos de I+D+i que tengan la I+D+i como actividad principal. d) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica. e) Centros privados de I+D+i con I+D+i como actividad principal. f) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado. g) Asociaciones empresariales sectoriales y plataformas tecnológicas y de innovación.

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

ACTIVIDADES OBJETO DE AYUDA:

a) Organización de la Asamblea Anual de la Plataforma. b) Actividades de difusión o jornadas temáticas relacionadas con la actividad de la Plataforma. c) Elaboración de documentos relacionados con la actividad de la Plataforma. d) Elaboración de estudios prospectivos y estudios de demanda temprana. e) Actividades en el ámbito de las agrupaciones temáticas recogidas en el PEICTI en colaboración con otras Plataformas. f) Actividades encaminadas a favorecer la cooperación tecnológica y el asesoramiento en la preparación de proyectos de I+D+i. g) Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i. El periodo de ejecución de la actuación estará comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.

COSTES SUBVENCIONABLES:

• Costes Directos:

a. Personal propio o de nueva contratación.

b. Auditoría de Cuentas hasta un máximo de 1.200€.

c. Material fungible.

d. Gastos de consultoría.

e. Subcontratación hasta el 50% de la ayuda para empresas y 90 % para entidades sin ánimo de lucro.

f. Si exceda del 20% y es superior a 60.000€, la subcontratación estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 9.2 de las bases reguladoras.

G. Otros costes directos: costes de movilidad estrictamente necesarios para la realización de la actuación y con un importe máximo de 12.000 € y otros límites recogidos en la convocatoria.

• Costes Indirectos: porcentaje fijo de hasta el 20 % sobre los gastos directos del proyecto.

No se precisa la constitución de garantías para su concesión (artículo 10 de las bases reguladoras).

Compatible con otras ayudas (artículo 13 de las bases reguladoras)

PAGO DE LA AYUDA:

1º pago a la resolución de concesión.

2º pago se liberará al finalizar el primer año del periodo de ejecución establecido en el artículo 6.3 de bases reguladoras.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN (Anexo I de la Convocatoria):

a) Oportunidad estratégica de la actuación.

b) Estructura, organización e integración de agentes del Sistema Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación.

c) Desarrollo y alcance de la actuación.

d) Proyección internacional.

Presentación de solicitudes

Plazos:

ABIERTA del 18/10 al 7/11 de 2024

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Agencia Estatal de Investigación.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Nacional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Gran Empresa | PYME
Régimen de mínimis: Mínimis
Régimen de la convocatoria: Concurrencia competitiva

Más información:

Teléfono 900 70 9000
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