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AYUDAS A PROYECTOS I+D+i INDUSTRIA CONECTADA 4.0 (ACTIVA FINANCIACIÓN)
Objeto

Desarrollo de proyectos de investigación industrial, proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 y tendentes al cumplimiento de los objetivos de esta.

Beneficiarios

Sociedades que no formen parte del sector público, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden ICT/713/2021 de 29 de junio.

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

Préstamos rembolsables con tipo de interés al 0% y con un plazo de amortización total de 5 años con 2 de carencia para línea ACTIVA-PYME y de 10 años con 3 años de carencia para línea ACTIVA-Grandes Implementaciones.

 

  1. Las ayudas reguladas mediante esta orden podrán tener la forma de préstamo, subvención o de una combinación de ambas modalidades.
  2. En su solicitud, las entidades podrán seleccionar si solicitan ayuda en la modalidad de subvención, préstamo reembolsable o de una combinación de las dos modalidades.
  3. La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable, con las condiciones y límites establecidos en el artículo 13 de la Orden ICT/713/2021, de 29 de junio.
  4. En todo caso, las ayudas respetarán los límites, umbrales e intensidades máximas previstas en el artículo 15 de la Orden ICT/713/2021 de 29 de junio.
  5. El importe máximo de ayuda en forma de subvención será, como máximo:
  6. a) del 50% del presupuesto financiable en caso de pequeñas empresas;
  7. b) del 20% del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas;
  8. c) del 10% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas;
  9. La parte de ayuda concedida en la modalidad de préstamo reembolsable tendrá las siguientes características:
  10. a) Importe del préstamo: el importe nominal del préstamo a conceder estará acotado de acuerdo con los siguientes límites:
  11. i) El Riesgo Vivo Acumulado de la empresa con la DGIPYME no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado;
  12. ii) El importe del préstamo a conceder no podrá superar la cifra media de negocios en los ejercicios 2020 y 2021;

Siendo el Riesgo Vivo Acumulado y la cifra media de negocios según las definiciones incluidas en el Anexo II de la Orden ICT/713/2021, de 29 de junio.

Asimismo, le serán de aplicación los porcentajes y límites establecidos en los artículos 13 y 15 de la Orden ICT/713/2021 de 29 de junio. En el caso de que las ayudas se realicen a través de una combinación de préstamo y subvención, en el cálculo de los límites anteriores se tendrá en cuenta el importe de subvención que se otorgue.

  1. b) Plazo de amortización: el plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo será el siguiente:
  2. i) en los proyectos englobados en la línea ACTIVA-PYME, cinco años, de los cuales dos serán de carencia;
  3. ii) en los proyectos englobados en la línea ACTIVA-Grandes Implementaciones, diez años, de los cuales tres serán carencia.
  4. c) Tipo de interés de aplicación: 0%.
  5. d) El método de amortización seguirá el siguiente sistema: Las cuotas de amortización del principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
  6. El cálculo de la subvención equivalente se realizará de conformidad con el Anexo I de las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional, (98/C 74/06) y con la metodología indicada por Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (2008/C 14/02).

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

Línea Activa Pyme

Aparatos y equipos de producción.

Infraestructura hardware.

Colaboraciones externas.

Gastos de amortización del instrumental gastos de amortización del instrumental y de los equipos

indispensables para el desarrollo del proyecto.

Gastos de alquiler del equipamiento

Línea ACTIVA – Grandes Implementaciones

Costes de personal.

Costes de instrumental y material inventariable

Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

Presentación de solicitudes

Plazos:

Abierta desde el 29 de mayo hasta 27 de junio de 2023

Método de presentación:

Telemática

Web:

https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/

Documentación

Otras modificaciones:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-4885 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7539

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Categorías

Tipo de ayuda: Préstamo | Subvención
Ámbito: Nacional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: PYME
Régimen de mínimis:
Régimen de la convocatoria: Concurrencia competitiva

Más información:

Teléfono 900 70 9000
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