PRÉSTAMO PARTICIPATIVO

PIENSA EN GRANDE

Si estas creciendo, te ayudamos a conseguirlo.

Importe préstamo por cliente​

50 mil. a 250 mil. €​

Límite 75% de financiación pública​

DESTINATARIOS
Pymes que se encuentran en su primera expansión comercial.

Amortización hasta

7 años

Carencia hasta

12

meses

1,5% tipo fijo + 0,5% variable

PIENSA EN GRANDE

Esta medida está destinada a potenciar el crecimiento de empresas constituidas que se encuentren en su primera fase de expansión comercial.

Se entenderá que la empresa se encuentra en sus primeras etapas de expansión cuando no hayan transcurrido más de ocho años desde su constitución, no haya alcanzado una facturación anual superior al millón de euros y tenga definido un plan de expansión en términos de incrementos de la cifra de negocio y/o empleo que suponga una variación significativa respecto a la situación de partida de, al menos, un 20% durante los tres primeros años.

Información detallada del producto

Objeto de la línea

Esta medida está destinada a potenciar el crecimiento de empresas constituidas que se encuentren en su primera fase de expansión comercial.

Se entenderá que la empresa se encuentra en sus primeras etapas de expansión cuando no hayan transcurrido más de ocho años desde su constitución, no haya alcanzado una facturación anual superior al millón de euros y tenga definido un plan de expansión en términos de incrementos de la cifra de negocio y/o empleo que suponga una variación significativa respecto a la situación de partida de, al menos, un 20% durante los tres primeros años.

Beneficiarios de los préstamos

  • Pymes que revistan forma de sociedades mercantiles con personalidad jurídica, domiciliadas en Extremadura, con menos de ocho años de antigüedad.
  • La empresa, por tanto, deberá estar constituida con antelación y estar operando satisfactoriamente en el mercado, durante un mínimo de un año, en el momento de solicitar estos fondos, no pudiendo ser beneficiarias de esta línea empresas de reciente creación o proyectos de empresa, sin trayectoria comercial.

Destino de los fondos

Los fondos solicitados podrán destinarse tanto a la financiación de gastos, inversiones en activo fijo e inversiones en activo circulante, que se desarrollarán en un plazo no superior a un año.

En el caso de gastos y activo fijo se deberán aportar sus correspondientes presupuestos y para las necesidades de circulante será necesario justificar su razonabilidad en función de los objetivos de la compañía

Los solicitantes deberán justificar documentalmente que las inversiones o gastos que quieren realizar están directamente relacionados con la primera expansión de la empresa. 

Condiciones de los Préstamos

  • Modalidad:  Préstamo participativo.
  • Importe:  Entre 50.000 € – 250.000 € por solicitante, con el límite del 75% de financiación pública.
  • Duración de la operación:  hasta 84 meses.
  • Carencia de capital: hasta 12 meses.
  • Tipo interés:  1,50 % fijo+ 0,50% variable sobre el resultado del ejercicio. La aplicación conjunta de estos tipos de interés no superará el 2,50% sobre el saldo vivo al inicio de cada periodo.
  • Comisiones: Estudio-formalización: 0,50%
  • Cancelación anticipada: 2,50% (sólo aplicable en los casos de refinanciación bancaria)
  • Garantías:  Posibilidad de solicitar garantías que cubran, al menos, el 20%, de la financiación solicitada.
  • Cofinanciación:  Se exigirá una aportación por parte del equipo promotor de, al menos, el 25% de las necesidades de inversión, que serán al menos el 50% del importe del préstamo solicitado.
  • Esta financiación está sujeta al Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión Europea relativo a las ayudas de minimis.
  • Plazo presentación de solicitudes: hasta agotamiento de los fondos.

Requisitos necesarios para la Solicitud

  • Justificar la necesidad de los fondos solicitados y su finalidad a través de un plan de viabilidad, que incluya proyecciones financieras a 5 años (PYG, Balance y Tesorería), del que se debe deducir la capacidad de pago de la empresa.
  • El solicitante debe contribuir al proyecto con una aportación dineraria de un 25% sobre el plan definido, que serán al menos el 50% del importe del préstamo solicitado, pudiendo complementarse con financiación bancaria.
  • Las aportaciones de los socios deberán estar debidamente justificadas y no podrán reembolsarse durante el periodo de vigencia de los Fondos Jeremie.
  • Los proyectos no podrán pertenecer a los sectores de acuicultura, pesca, producción primaria de productos agrícolas y no financiarán actividades puramente financieras ni promociones inmobiliarias cuando se realicen como una actividad de inversión financiera y no financiarán los créditos al consumo. Tampoco se podrán financiar por esta línea actividades que, pese a presentar un CNAE diferente a las actividades anteriores, se asimilen de facto a las anteriores.
  • Debe tratarse de empresas constituidas, registradas y en activo que operen en el mercado de manera efectiva. No se podrán crear sociedades ad hoc para ser beneficiarias de esta medida.
  • Se comprobará la finalidad de los fondos aportados a través del seguimiento y evolución de los parámetros básicos de los estados financieros futuros de la compañía, pudiendo exigirse el reembolso del préstamo a los promotores de manera personal si no se destinan los fondos al fin para el que han sido otorgados.
  • Se valorará positivamente la presencia en la financiación del proyecto de capital riesgo especializado en los sectores y/o tecnologías en los que se opere.
  • Las empresas beneficiarias de estas líneas de apoyo no pueden ser consideradas como empresas en dificultades o en crisis tal como se define en la legislación comunitaria sobre ayudas de estado.
  • No se podrá utilizar esta financiación para efectuar refinanciaciones bancarias ni para cancelar deudas bancarias vencidas.
  • No deberá tener en mora cualquier otro préstamo o arrendamiento financiero concedido por las entidades financiera, ni figurar en ningún registro de morosidad.
  • Durante el periodo de amortización y reembolso de la ayuda concedida los destinatarios finales deberán desarrollar la actividad empresarial o profesional para la que la ayuda fue aprobada. No se podrá utilizar esta línea para financiar proyectos que no desarrolle el promotor principal.
  • El solicitante deberá estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social. Así mismo debe estar al corriente de sus obligaciones de pago con Extremadura Avante y sus sociedades filiales si hubiera alguna relación preexistente.

 

Tramitación

Las solicitudes de financiación deberán presentarse de manera telemática por medio del formulario que estará a disposición de los interesados en la web de Extremadura Avante, o bien en el Registro de Extremadura Avante, sito en la Avenida José Fernández López, nº 4 de Mérida (Badajoz).

Las solicitudes de apoyo financiero deberán facilitar información y, en su caso, documentación sobre los siguientes aspectos:

  1. Plan de negocio con proyecciones financieras a cinco años.
  2. Solicitud de financiación e identificación de garantías.
  3. Datos identificativos de la empresa y el equipo promotor
  4. Información económica y administrativa complementaria

Descargar memoria justificativa

Más información y contacto

Extremadura Avante
Tel. +34 924 002 900 / +34 924 319 159
Email. financiacion@extremaduraavante.es