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PROGRAMA “KIT DIGITAL”: SEGMENTO III
Objeto

Financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado y recogidas en el Catálogo de
Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogidas en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Beneficiarios

Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3 empleados.

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

Características de la ayuda:
Las ayudas en forma de “bono digital” tienen la consideración de subvención directa, mediante concurrencia no
competitiva, consisten en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización.

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 2.000 €.
Los beneficiarios abonarán el precio de las soluciones de digitalización que contraten, dentro de las incluidas en el
Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, mediante la cesión, parcial o total, del derecho al cobro de
la subvención concedida («bono digital») a los Agentes Digitalizadores Adheridos, que tendrán la obligación de
aceptarla.
Importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, y duración que debe mantenerse la
prestación del servicio para el Segmento I son los siguientes:

Categorías de Soluciones de Digitalización Meses de prestación del servicio Ayudas para las Categorías de Soluciones de Digitalización para el Segmento II

(3 < 10 empleados)

Sitio Web y Presencia en Internet 12 2.000 €
Comercio Electrónico 12 2.000 €
Gestión de Redes Sociales. 12 2.000 €
Gestión de Clientes. 12 2.000 € (incluye 1 usuarios)
Business Intelligence y Analítica. 12 1.500 € (incluye 1 usuarios)
Gestión de Procesos. 12 2.000 € (incluye 1 usuarios)
Factura Electrónica. 12 1.000 € (incluye 1 usuarios)
Servicios y herramientas de Oficina Virtual. 12 250 €/usuario (hasta 2 usuarios)
Comunicaciones Seguras. 12 125 €/dispositivo (hasta 2 usuarios)
Ciberseguridad. 12 125 €/dispositivo (hasta 2 dispositivos)
Presencia avanzada en internet 12 2.000€
Marketplace 12 2.000€

El importe de la ayuda final aplicable a cada solución de digitalización será el menor de los importes recogidos en el artículo 20 de las Bases Reguladoras, esto es:

a) Ayuda máxima de la Categoría de Solución de Digitalización a la que corresponde la solución de digitalización.

b) Coste de la solución de digitalización contratada.

c) El importe de la subvención concedida no asociado a Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizados.

Otros requisitos:

El beneficiario y el Agente Digitalizador Adherido garantizarán el pleno cumplimiento del principio de «no causar daño significativo» (principio Do No Significant Harm –DNSH–), recogido en el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, en todas las fases del diseño y ejecución de cada actuación de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Presentación de solicitudes

Plazos:

Plazo de presentación desde el 20 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024 o hasta agotar el crédito establecido para esta convocatoria.

Método de presentación:

Sede Electrónica de Red.es (Oficina Virtual (red.gob.es)

Web:

red.gob.es

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Nacional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Autónomos | PYME
Tipo de proyecto: Transformación Digital
Régimen de mínimis: Mínimis
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es
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