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PROGRAMA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE SOLICITUDES DE PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD ESPAÑOLES PARA LA PYME Y PERSONAS FÍSICAS EN EL EXTERIOR 2023
Objeto

Fomentar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el extranjero, utilizando la vía nacional de los distintos países, la vía europea a través de lo previsto en el Convenio sobre la concesión de Patentes Europeas, o la vía del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes.

Subvencionar actividades que supongan unos costes por el pago de tasas para la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras.

Beneficiarios

Personas con residencia y domicilio fiscal en España que reúna alguno de los siguientes requisitos:

  1. a) Que sea una persona física.
  2. b) Que sea considerado PYME.
  3. c) Que sea una gran empresa privada.
  4. d) Que sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

 

Los trabajadores autónomos se consideran PYME a los efectos de esta subvención

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

Compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos procedentes de cualquiera de las Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, y compatible a los efectos de la eventual concesión de la subvención, con el Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para las PYME y las personas físicas.

 

Acogido a mínimis.

El abono de las ayudas se efectuará mediante un pago único.

Duración del proyecto:

Las actividades objeto de subvención son aquellas cuyo gasto se haya realizado desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

  1. Las ayudas se concederán, en su caso, por la realización de alguna de las siguientes actividades, que serán compatibles entre sí:
  2. a) La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad, de conformidad con lo establecido en el apartado décimo octavo de la presente convocatoria, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, en el marco de procedimientos de concesión de patentes o de modelos de utilidad nacionales o regionales.

Serán subvencionables los trámites siguientes:

1.º La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad.

2.º La validación de una patente europea.

3.º La búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica.

4.º El examen de la solicitud de patente.

5.º La concesión de la patente.

6.º La designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).

  1. b) Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT, de conformidad con lo establecido en el apartado décimo octavo y décimo noveno de la presente convocatoria. Serán subvencionables los siguientes trámites:

1.º La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de oficina receptora.

2.º La búsqueda Internacional (IBI) cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.

3.º El examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.

  1. En ningún caso serán objeto de subvención las validaciones de patentes europeas en España o las entradas en fase nacional en España.

Criterios de valoración:

Las solicitudes deberán reunir al menos una de las características siguientes:

  1. a) Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud de patente o modelo de utilidad presentada ante la OEPM, de acuerdo con el artículo 4 del Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial, de 20 de marzo de 1883.
  2. b) Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud internacional PCT presentada ante la OEPM, en calidad de oficina receptora, según el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, o bien que se trate de dicha solicitud internacional PCT.
  3. c) Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud de patente europea presentada en la OEPM, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre, relativo a la aplicación del Convenio sobre la concesión de Patentes Europeas hecho en Múnich el 5 de octubre de 1973, o bien que se trate de dicha solicitud de patente europea presentada en la OEPM.

Cada solicitud de subvención podrá incluir gastos correspondientes a una o varias de las solicitudes de patente mencionadas en los puntos anteriores.

Presentación de solicitudes

Plazos:

Abierta hasta el 25/03/2023

Método de presentación:

Telemática.

Web:

https://sede.oepm.gob.es

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Ministerio de Industria y Turismo Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Nacional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Entidades | Gran Empresa | Micropyme | PYME
Régimen de mínimis: Mínimis
Régimen de la convocatoria: Concurrencia competitiva

Más información:

Teléfono 900 70 9000
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