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DECRETO 132/2021 COMERCIO ELECTRÓNICO Y TIC
Objeto

Impulsar la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura para mejorar la productividad y competitividad mediante la aplicación de conocimientos y nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y comercial.

Beneficiarios
  • Autónomos o asimilados
  • Pymes de hasta 50 trabajadores
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas
  • Comunidades de bienes
  • Uniones Temporales de empresarios (UTEs)
  • Cualquier unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica en los casos marcados por el Decreto.

Solo se podrá obtener la condición de beneficiario de estas ayudas, una sola vez por convocatoria.

Particularidades de la ayuda

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

Proyecto Técnico

≤15% de la suma de las inversiones aceptadas para el resto de los servicios

750 euros
Tienda Online ≤ 4.000€
Aplicación móvil para comercio online ≤ 4.000€
Big Data aplicado al comercio online ≤ 4.000€
E-Logística ≤ 3.000€
MarketPlace ≤ 3.000€
Creación MarketPlace ≤ 4.000€
Marketing Online

o      Gastos de desarrollo e implantación de web corporativa ≤ 1.000€

o      Implantación de estrategia de posicionamiento SEO ≤ 2.000€

o      Implantación de estrategia de posicionamiento SEM

≤ 5.000€
Gestión de presencia en Internet(Community Manager) ≤ 3.000 (250 €/mes)
Mejora de imagen digital ≤ 3.000€
Proveedor de Servicios de Pago

o    Tarifa por suscripción ≤ 50€/mes

o    Tarifa por transacción.

≤ 1.000€
LÍMITE DE LA AYUDA 80%          ≤ 12.000€

Incompatibilidades:

<p>Quedan <strong>excluidas</strong>:</p> <ul> <li>Empresas que operan en los sectores: pesca, producción primaria de productos agrícolas, y las que operan en sector de transformación y comercialización de productos agrícolas en los casos marcados por el Decreto 132/2021 Artículo 2.3 apartado a).</li> <li>Las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por éstas, las entidades de derecho público, las entidades sin ánimo de lucro, las participadas mayoritariamente por éstas y las empresas, de cualquier tipo que gestionen un servicio público.</li> <li>Empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente.</li> <li>Empresas en situación de crisis</li> </ul>

Presentación de solicitudes

Método de presentación:

La presentación de la solicitud y documentación podrá realizarse:
Telemáticamente: en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura: .
Físicamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre
Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, a los que se refiere el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar su solicitud obligatoriamente de forma telemática.
El registro electrónico de documentos podrá realizarse a través del Registro Electrónico General habilitado por la Junta de Extremadura, en la web: https://sede.juntaex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf

Web:

https://sede.gobex.es/SEDE/

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

SERVICIO DE AVANCE DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES Dirección General de Agenda Digital Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital Junta de Extremadura

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Regional
Número de participantes:
Destinatarios: Autónomos | Micropyme | PYME
Tipo de proyecto: Transformación Digital
Régimen de mínimis: Mínimis
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

Teléfono 900 70 9000
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