Favorecer la competitividad de las empresas de Extremadura, a través
del desarrollo de proyectos colaborativos entre una pyme tractora y
una Startup o una Empresa de Base Tecnológica (en adelante EBT),
dirigidos al desarrollo de soluciones a retos empresariales no cubiertos
por el mercado, basado en un modelo de innovación abierta.
Los proyectos subvencionables serán aquellos que vayan dirigidos a
resolver retos o necesidades planteadas por una pyme tractora, a
través de soluciones innovadoras desarrolladas por una Startup o una
EBT.
Las soluciones a los retos y problemáticas a resolver se basarán en
desarrollos innovadores y/o incorporación de tecnologías innovadoras
a nivel de productos o procesos, no pudiendo alcanzar la condición de
proyectos subvencionables aquellos que consistan fundamentalmente
en una personalización a las características particulares de la pyme
tractora
Una misma pyme tractora no podrá presentar, en ningún caso, más de
una solicitud para el mismo reto a desarrollar por diferentes startups
o EBT.
Subvención del 100 % de los gastos de subvencionables, con un límite
máximo de subvención de 25.000 euros por proyecto.
Anticipo del 50% de la ayuda una vez emitida la resolución de
concesión.
Gastos de consultoría externa especializada, consistente en la
contratación por parte de la empresa solicitante de los servicios de
asesoramiento y apoyo en materia de innovación en el que se basa el
desarrollo del proyecto, a realizar por una Startup o EBT, hasta un
límite máximo de inversión subvencionable de 25.000 euros (IVA
excluido).
Pymes tractoras, entendidas como tales las empresas, de cualquier
forma, jurídica de carácter societario, que planteen como reto la
necesidad de buscar una solución a una necesidad que tenga y que,
por cualquier circunstancia, no exista actualmente ninguna solución en
el mercado y que cumplan los siguientes requisitos:
-Condición de pyme.
-Tener centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El reto a resolver debe estar referido, al menos, a dicho centro de
trabajo de la región, generando impacto positivo en Extremadura.
-No realizar actividad principal en ninguno de los sectores excluidos en
las bases reguladoras.
-Acuerdo de Colaboración, previo a la solicitud de la ayuda, con el
contenido mínimo establecido en las bases reguladoras.
-No concurrir ninguna de las circunstancias contempladas en el
apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.