Extremadura Avante
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LIC-A: LÍNEA DIRECTA DE EXPANSIÓN
Objeto

Potenciar la innovación en determinadas regiones españolas, incluida Extremadura, a través de la mejora de capacidades de empresas que propongan proyectos de inversión innovadores que faciliten su crecimiento.

Líneas:

  • Inversión inicial: inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:
  • La creación de un nuevo establecimiento,
  • La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente,
  • La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo,
  • Una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.
  • inversión inicial en favor de una nueva actividad económica, entendiendo como tal la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:
    • La creación de un nuevo establecimiento, o
    • La diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento.
Beneficiarios

Empresas válidamente constituidas con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España que desarrollen un proyecto de inversión en las regiones asistidas.

Se excluyen de esta ayuda los sectores: acero; carbón; construcción naval, fibras sintéticas; transportes e infraestructuras conexas; producción, distribución e infraestructuras de energía; productos de la pesca y acuicultura; producción agrícola primaria-pero no su transformación y comercialización-; cierre de minas de carbón no competitivas, exportación; desmantelación o construcción de centrales nucleares, transformación y comercialización de tabaco; infraestructuras aeroportuarias, tecnologías de uso exclusivamente militar y proyectos para la reducción de gases de efecto invernadero contempladas en Anexo 1 Directiva 2003/87/CE y posteriores.

 

 

Particularidades de la ayuda

Duración del proyecto:

Máximo 18 meses.

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

Se financiará la adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación y mejora de capacidades para la empresa (grupo) que realice el proyecto y deberán mantenerse en la zona beneficiaria durante cinco años y al menos tres en caso de Pymes:

  • Activos materiales: instalaciones, maquinaria y equipos.
  • Activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual o industrial

En el caso de GRANDES EMPRESAS:

  • Los costes de los activos fijos nuevos inmateriales únicamente serán susceptibles de ayuda hasta un límite del 50 % del total de los costes de inversión elegibles del proyecto para la inversión inicial.
  • En caso de ayudas para una transformación fundamental en el proceso de producción, los costes elegibles deberán superar la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.
  • En caso de ayudas para una diversificación de un establecimiento existente, los costes elegibles deberán superar como mínimo en un 200% el valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.

No son elegibles las siguientes gastos:

  • Terrenos, edificios y construcciones, obra civil, mobiliario, estanterías de almacenaje, paneles, carretillas, vehículos y similares.
  •  Amortización de equipos.
  • Arrendamiento de activos (leasing, renting…)
  • Activos de segunda mano.
  • Actualizaciones de software, adaptaciones de equipos o similares.
  • Doble financiación de activos.
  • Los impuestos indirectos, costes de personal, materiales, consumibles, contrataciones de servicios externos, subcontrataciones, gastos generales, costes de auditoría, etc.

Presentación de solicitudes

Método de presentación:

La solicitud se realizará a través de los medios electrónicos habilitados a tal fin en la sede electrónica del CDTI (https://sede.cdti.gob.es/).

Web:

https://sede.cdti.gob.es

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Ministerio de Ciencia e Innovación. Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, (CDTI E.P.E.) www.cdti.es

Presupuesto del proyecto:

Presupuesto mínimo financiable de 175.000€

Observaciones:

  • Efecto incentivador.
  • Ayuda parcialmente reembolsable ≤ 75% del presupuesto aprobado por CDTI con un TNR del 5% o 10%
  • Aportación propia mínima: 25% con fondos propios o financiación externa
  • Anticipo de hasta el 75% o de 8 M€
  • Tipo de interés: Euribor a un año+0.5%
  • Amortización semestral a 9 años con uno de carencia

La intensidad de ayuda medida en equivalente de subvención bruta, y que se proporciona en este instrumento a través de la bonificación del tipo de interés del préstamo, así como del tramo no reembolsable, no podrá superar los siguientes límites:

Regiones asistidas Gran

Empresa

Mediana

Empresa

Pequeña Empresa
Islas Canarias 35% 45% 55%
Andalucía, Extremadura, Castilla La Mancha, Ciudad Aytónoma de Melilla y Región de Murcia 25% 35% 45%
Aragón (exluida la provincia de Teruel y Zaragoza Capital), Asturias, Islas Balerares (parcialmente), Cantabria,Castilla y León (excepto provincia de Soria),Cataluña (parcialmente),Comunidad de Madrid (parcialmente),Comunidad Valenciana (excluida Valencia capital),Galicia,Navarra (parcialmente),La Rioja (parcialmente) y País Vasco (parcialmente) 0% 20% 30%
Ciudad Autónoma de Ceuta, Provincia de Soria,  Provincia de Teruel 0% 25% 35%

Categorías

Tipo de ayuda: Préstamo
Ámbito: Nacional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Gran Empresa | Micropyme | PYME
Tipo de proyecto: Innovación
Régimen de mínimis: No
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

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