La Orden de convocatoria ha sido publicada el 24 de octubre de 2018 en el Diario Oficial de Extremadura. El plazo de presentación de las solicitudes para optar a las ayudas será de 30 días hábiles, a contar desde mañana, 7 de diciembre de 2018.
Las principales novedades que presenta esta nueva Orden es el aumento del importe máximo de la inversión subvencionable, ya que permite conceder subvenciones más elevadas y favorece así la posibilidad de afrontar proyectos más ambiciosos.
Por otro lado se ha modificado el procedimiento de tramitación de ayuda, para simplicarlo, de esta manera se suprimen muchos de los documentos que antes se contemplaban como de aportación necesaria por parte de las empresas solicitantes.
La inversión a realizar por parte de la Consejería de Economía e Infraestructuras se estructura en función de la modalidad de ayudas:
- Proyectos de I+D realizados por una única empresa, que no sea de base tecnológica ni startup, contarán con 4.000.000 euros.
- Proyectos de I+D realizados por un agrupación de empresas con la prestación de servicios de I+D, de al menos, una universidad y/o centros de investigación públicos o privados dispondrán de 4.000.000 euros.
- Proyectos de I+D realizados por una empresa de base tecnológica y los realizados por una empresa startup contarán en ambos casos con 2.000.000 euros.
La Orden define las empresas de base tecnológica como aquellas que operan en sectores industriales y tienen capacidad de generar nuevas tecnologías.
En la norma se concretan las empresas startup como microempresas emergentes que no tengan más de 24 meses de actividad, que no hayan lanzado ningún producto al mercado, que están apoyadas en la tecnología y conocimiento asociadas a la innovación y desarrollo de tecnologías, que buscan crear un nuevo negocio de acelerado crecimiento en base al desarrollo de una idea, bajo condiciones de alto riesgo tecnológico.
Para esta convocatoria será posible conceder subvenciones más elevadas, que favorezcan el lanzamiento de proyectos más ambiciosos. Por ejemplo, en el caso de una pyme la subvención aumenta hasta los 250.000 euros, mientras que en una gran empresa, este implemento consigna una cuantía máxima de 500.000 euros. Cuando se trate de una agrupación de empresas el tope de la inversión subvencionable pasa de 300.000 euros a 500.000 euros, y si participa una gran empresa en la agrupación pueden llegar hasta los 750.000 euros.
Con el objetivo de cumplir con las exigencias de la redacción del proyecto, el secretario general ha aconsejado a las empresas que tengan interés en participar que busquen la colaboración de otras, de centros de investigación y de la Universidad. Jesús Alonso también ha destacado la importancia de acudir a asesorías especializadas en presentación de proyectos de I+D. De esta manera se persigue mejorar la calidad de los proyectos y facilitar el cumplimiento de los requisitos en cuanto a la preparación, seguimiento y justificación, a la vez que se generan sinergias.
La concesión de las ayudas reguladas en la presente convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. A este respecto se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados para cada modalidad de ayuda.
Estas subvenciones están cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), correspondiente al periodo de programación 2014-2020, dentro del Objetivo Temático OT1: “Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”.
Estas ayudas, conforman parte del VI Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2017-2020). El VI Plan se fundamenta en el fortalecimiento del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, a la vez que el desarrollo de la cultura científica en Extremadura y la confluencia de las inversiones en I+D con el conjunto del Estado.
Para más información e inscripciones a las sesiones: https://www.extremaduraavante.es/
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